Tipo de comunicación:
Nit / C.C:
80413658
Reciban un cordial saludo.
Respetuosamente les formulo la siguiente pregunta:
Una precooperativa de trabajo asociado que se constituyó en Diciembre de 2005 y que determinó una duración de 5 años, con la expectativa de transformarse en CTA de trabajo asociado, nunca lo hizo y como se observa , en el año 2010 llegó al término de su vida jurídica por lo que se encuentra disuelta y en estado de liquidación (así se visualiza en el certificado expedido por la Cámara de Comercio).
La pregunta concreta es ¿Quien nombra el liquidador, la Supersolidaria o la Precooperativa se debe reunir en Asamblea y nombrarlo?
Mucho les agradezco su respuesta.
Bendiciones
EDINSON PINO CASTILLO
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