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Estados financieros de cierre de ejercicio

"Se informa a las Cooperativas de Ahorro y Crédito y Multiactivas con Sección de Ahorro y Crédito que para efectos de analizar los estados financieros de cierre de ejercicio e impartir la autorización de presentación a las asambleas de asociados para su aprobación, deben cumplirse los requisitos contemplados en los numerales 3.1 y 3.2 del numeral 3 del Capítulo XII de la Circular Básica Contable y Financiera, modificada por la Circular Externa No.02 del 26 de enero de 2015.
 

La Superintendencia impartirá instrucciones particulares a las Cooperativas de Ahorro y Crédito y Multiactivas con Sección de Ahorro y Crédito que pertenecen al Grupo 1 cuyo periodo de aplicación de NIIF fue el año 2015, es decir aquellas que vienen aplicando el marco técnico normativo previsto en el Anexo del Decreto 2784 de 2012 y sus modificatorios, el Decreto 2420 de 2015 y Decreto 2496 de 2015".