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Supersolidaria da nuevas Instrucciones sobre el proceso de convergencia hacia las Normas Internacionales de Información Financiera para pequeñas y medianas entidades – NIIF para PYMES
Bogotá D.C, 27 de febrero de 2014
La Superintendencia de la Economía Solidaria, informa a las organizaciones vigiladas que pertenecen al Grupo 2 y van aplicar la Norma Internacional de Información Financiera para las PYMES, que en los próximos días expedirá una nueva Circular Externa que deja sin efecto en su totalidad la Circular Externa número 004 del 19 de febrero de 2014.
El propósito es brindar mayor claridad a las organizaciones vigiladas sobre el proceso de convergencia hacia las Normas Internacionales de Información Financiera para pequeñas y medianas entidades – NIIF para PYMES.
En lo referente a la remisión del Plan de Implementación, la nueva Circular Externa señala, que las organizaciones de economía solidaria vigiladas por esta Superintendencia que califiquen dentro del Grupo 2, deberán remitir a este Ente de Supervisión el plan de implementación a más tardar el 30 de abril de 2014.
Además, la Superintendencia de la Economía Solidaria, recuerda a las vigiladas que se encuentren en el Grupo 2 y voluntariamente deseen aplicar el Marco Normativo previsto para el Grupo 1, que deben informarlo por escrito a la Superintendencia, a más tardar el28 de febrero de 2014, en virtud de lo señalado en el parágrafo 4º del artículo 3º del Decreto 3022 de 2013.
El propósito es brindar mayor claridad a las organizaciones vigiladas sobre el proceso de convergencia hacia las Normas Internacionales de Información Financiera para pequeñas y medianas entidades – NIIF para PYMES.
En lo referente a la remisión del Plan de Implementación, la nueva Circular Externa señala, que las organizaciones de economía solidaria vigiladas por esta Superintendencia que califiquen dentro del Grupo 2, deberán remitir a este Ente de Supervisión el plan de implementación a más tardar el 30 de abril de 2014.
Además, la Superintendencia de la Economía Solidaria, recuerda a las vigiladas que se encuentren en el Grupo 2 y voluntariamente deseen aplicar el Marco Normativo previsto para el Grupo 1, que deben informarlo por escrito a la Superintendencia, a más tardar el28 de febrero de 2014, en virtud de lo señalado en el parágrafo 4º del artículo 3º del Decreto 3022 de 2013.
Consulte en los próximos días la Circular Externa No.005 en el menú normativa dewww.supersolidaria.gov.co.