Bogotá, febrero 8 de 2016
De conformidad con lo previsto en el artículo 37 de la Ley 454 de 1998, modificado por el artículo 99 de la Ley 795 de 2003, esta Superintendencia procede a efectuar el cobro de latasa de contribución para el año 2016, así:
- Primera cuota 9 de febrero de 2016 - límite de pago:29 de febrero
- Segunda cuota 1 de agosto de 2016 – límite de pago 31 de agosto
Para generar los recibos de pago, deben ingresar a la página www.supersolidaria.gov.co y continuar por la siguiente ruta:
- Ventana “Pagos en línea”
- Vínculo “Ingrese al módulo de Pago en Línea”
- Opción “Tasa de contribución”
- Digitar el NIT completo con dígito de verificación, sin puntos ni comas
- Clave: Digitar el mismo número de NIT
El pago se podrá efectuar por PSE desde el mismo aplicativo o directamente en cualquiera de las oficinas del Banco de Bogotá, llevando impreso el recibo generado por el sistema.
Si el pago es realizado por PSE será necesario imprimir antes el recibo de pago liquidado, porque al momento de realizar el mismo éste desaparece del sistema.
La omisión o mora en el pago ocasionará las sanciones establecidas en el numeral 3° del artículo 38 de la Ley 454 de 1998 y el cobro de los intereses moratorios, certificados por la Superintendencia Financiera de Colombia, que se encuentren vigentes al momento del pago.