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Alejandro Rodríguez Zárate. Presidente de la Asociación Colombiana de Derecho y Economía
En los términos establecidos en la Ley 79 de 1988 (capítulo X), la integración cooperativa se concreta básicamente a través de organismos de segundo y tercer grado, de carácter regional o nacional o de índole económica especializados en un determinado ramo o actividad.
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