Bogotá, abril 20 de 2020. Mediante Resolución 2020SES004475 del 17 de abril 2020, la Superintendencia de la Economía Solidaria, prorroga la medida de suspensión de términos adoptada en la Resolución 2020SES003695 del 19 de marzo de 2020 y establece una nueva fecha: desde el 19 de abril y hasta el 8 de mayo de 2020, inclusive, de las actuaciones procesales y el agotamiento de los recursos de las actuaciones administrativas, que se deriven de los procesos del régimen administrativo sancionatorio y disciplinario adelantados por la Entidad. Así mismo, dicha prorroga, incluye la recepción de correspondencia de usuarios externos ante la Ventanilla Única de Correspondencia, en la sede de la Superintendencia de la Economía Solidaria. Para este fin, se dispondrán todos los canales virtuales de la Entidad para recibir peticiones, consultas, correspondencia y demás solicitudes de la ciudadanía en general y de las organizaciones de la economía solidaria vigiladas.
Durante la suspensión de términos y hasta el momento en que se reanuden las actuaciones, no correrán los términos de caducidad, prescripción o firmeza, según las disposiciones indicadas en el Decreto Legislativo 491 del 28 de marzo de 2020.
Supersolidaria, solicita mantener las demás medidas adoptadas en la Resolución 2020SES003695 del 19 de marzo de 2020 y en la Resolución 2020SES004045 del 3 de abril de 2020.
Consulte la Resolución 2020SES004475 del 17 de abril 2020, en el siguiente enlace: http://www.supersolidaria.gov.co/sites/default/files/public/data/resolucion_2020ses004475_prorroga_suspension_de_terminos_0.pdf