Bogotá, mayo 26 de 2020. Mediante Carta Circular No. 14 del 26 de mayo de 2020, dirigida a Representantes Legales, Órganos de Administración y Control y Revisores Fiscales de las organizaciones de economía solidaria vigiladas; la Superintendencia de la Economía Solidaria imparte recomendaciones respecto de los criterios y parámetros que deben tener en cuenta para la realización de las reuniones no presenciales, mixtas o la utilización de otros mecanismos para la toma de decisiones, como mecanismos legales y válidos para desarrollar reuniones en la actual emergencia sanitaria que atraviesa el país, a causa de la pandemia producida por el coronavirus COVID-19.
Consulte la Circular No. 14 del 26 de mayo de 2020 en el siguiente enlace:
http://www.supersolidaria.gov.co/sites/default/files/public/normativa/carta_circular_14_de_2020.pdf