Bogotá, junio 23 de 2021. La Superintendencia de la Economía Solidaria, atiende las Peticiones, Quejas, Reclamos, Sugerencias y Denuncias en contra de las Entidades Vigiladas, la prestación de nuestros servicios y la conducta o actuar de un funcionario de la Entidad, con el fin de preservar los intereses de los asociados, terceros y ciudadanía en general; así como generar mayor transparencia en nuestra gestión.
A partir de la actualización de la Circular Básica Jurídica, a través de la Circular Externa No. 20 de 2020, la cual entro en vigor con la publicación en el Diario Oficial No. 51.571 del 28 de enero de 2021, se indica que:
“En virtud de lo dispuesto en el artículo 40 de la Ley 79 de 1988, en concordancia con lo establecido en el artículo 59 de la Ley 454 de 1998 y los numerales 13 del artículo 9 y 19 del artículo 10 del Decreto 186 de 2004, la presentación de quejas contra una organización solidaria, deberán surtirse inicialmente ante el órgano de control social” …
Es por ello, que la Supersolidaria, creo una estrategia para orientar a los asociados de las Organizaciones Solidarias Vigiladas y la ciudadanía, sobre la presentación de las solicitudes más comunes. Esta iniciativa, lleva por nombre: Pasos Exactos, Atención Eficiente
Le invitamos a conocer los Tipos de Quejas, ingresando al siguiente enlace: http://supersolidaria.gov.co/es/content/pasos-exactos-atencion-eficiente