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Supersolidaria prorroga desde el 31 de mayo hasta el 30 de junio, medida de suspensión de términos

Se prorroga desde el 31 de mayo hasta el 30 de junio, medida suspensión términos
Bogotá, junio 1 de 2020. Mediante Resolución 2020SES006485 de 29 de mayo de 2020, la Superintendencia de la Economía Solidaria prorroga la medida de suspensión de términos adoptada mediante la Resolución 2020110005495 del 8 de mayo de 2020, desde el 31 de mayo hasta el 30 de junio de 2020, el término de la suspensión de las actuaciones procesales y el agotamiento de los recursos de las actuaciones administrativas que se deriven de los procesos del régimen administrativo sancionatorio y disciplinario adelantados por la Entidad.
 
Durante la suspensión de términos y hasta el momento en que se reanuden las actuaciones, no correrán los términos de caducidad, prescripción o firmeza, según las disposiciones indicadas en el Decreto Legislativo 491 del 28 de marzo de 2020.
 
Así mismo, la medida aplica para la recepción de correspondencia de usuarios externos ante la Ventanilla Única de Correspondencia en la sede de la Superintendencia de la Economía Solidaria. Para este fin, se dispondrán todos los canales virtuales de la Entidad para recibir peticiones, consultas, correspondencia y demás solicitudes de la ciudadanía en general y de las organizaciones de la economía solidaria vigiladas.
 
Supersolidaria recomienda mantener las demás medidas adoptadas en la Resolución 2020SES003695 del 19 de marzo de 2020 y en la Resolución 2020SES004045 del 3 de abril de 2020.
 
Consulte la Resolución 2020SES006485 de 29 de mayo de 2020, en el siguiente enlace: http://www.supersolidaria.gov.co/sites/default/files/public/data/resolucion_2020ses006485_de_2020.pdf