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Supersolidaria aplaza desde el 9 hasta el 30 de mayo, medida de suspensión de términos

Supersolidaria aplaza desde el 9 hasta el 30 de mayo, medida de suspensión de términos

Bogotá, mayo 11 de 2020. Mediante Resolución No. 2020110005495 del 8 de Mayo de 2020,  la Superintendencia de la Economía Solidaria, prorroga la medida de suspensión de términos adoptada en la Resolución No. 2020SES004475 del 17 de abril de 2020 y establece una nueva fecha desde el 9 hasta el 30 de mayo, inclusive, en el término de la suspensión de las actuaciones procesales y el agotamiento de los recursos de las actuaciones administrativas, que se deriven de los procesos del régimen administrativo sancionatorio y disciplinario adelantados por la Entidad. 

Durante la suspensión de términos y hasta el momento en que se reanuden las actuaciones no correrán los términos de caducidad, prescripción o firmeza, según las disposiciones indicadas en el Decreto Legislativo 491 del 28 de marzo de 2020. 

Así mismo, dicha prorroga, incluye la recepción de correspondencia de usuarios externos ante la Ventanilla Única de Correspondencia, en la sede de la Superintendencia de la Economía Solidaria. Para este fin, se dispondrán todos los canales virtuales de la Entidad para recibir peticiones, consultas, correspondencia y demás solicitudes de la ciudadanía en general y de las organizaciones de la economía solidaria vigiladas.

Supersolidaria recomienda mantener las demás medidas adoptadas mediante las Resoluciones en la 2020SES003695 del 19 de marzo de 2020 y Resolución 2020SES004045 del 3 de abril de 2020. 

Consulte la Resolución No. 2020110005495 del 8 de Mayo de 2020, en el siguiente enlace: 

http://www.supersolidaria.gov.co/sites/default/files/public/data/resolucion_2020110005495_de_8_mayo_de_2020_prorroga_suspencion_de_terminos.pdf