¿Trabajo en casa? se entiende como trabajo en casa la habilitación al funcionario o funcionaria de la Superintendencia de la Economía Solidaria para desempeñar sus funciones por fuera de las instalaciones de la Entidad, sin modificar ni desmejorar la naturaleza y las condiciones de la relación legal y reglamentaria, cuando se presenten circunstancias ocasionales, excepcionales o especiales que impidan que el servidor público pueda realizar sus funciones en su lugar de trabajo, privilegiando el uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones.
Esta condición se extiende a cualquier tipo de trabajo o labor que no requiera la presencia física del funcionario o funcionaria en las instalaciones de la Entidad.
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